RMPON PON Modificación Obra en ejecución

Modificación de Permiso de Obra Nueva (RMPON)

Actualizado: abril 2026 · Tiempo de lectura: ~9 min

El RMPON es el trámite que permite corregir o actualizar un proyecto de obra nueva que ya tiene permiso aprobado, pero que todavía no llega a recepción definitiva. Sirve para incorporar cambios reales del proyecto y evitar que la obra termine con obras no ajustadas al momento del cierre.

Qué es el RMPON

La Ley General de Urbanismo y Construcciones exige que una obra se ejecute conforme a los planos y antecedentes aprobados. Si durante la construcción surge la necesidad de modificar el proyecto, esas variantes no se absorben automáticamente: deben tramitarse formalmente antes de pedir la recepción definitiva.

En la práctica, el RMPON es la vía normal para incorporar cambios de distribución, superficie, fachada, estructura, accesos, estacionamientos o destino en una obra nueva con permiso vigente.

Escenario Trámite correcto Observación
Cambio relevante antes de la recepción RMPON Actualiza el permiso y reemplaza antecedentes del expediente original.
Detalle menor de terminación o instalación Variación menor + recepción OGUC 5.2.8 permite aprobarlo junto con la recepción definitiva.
Proyecto sin permiso o permiso vencido No basta un RMPON Debe revisarse el caso completo con la DOM y la normativa vigente.
Error frecuente: el RMPON no es un “parche” para el final. Si el cambio ya es conocido durante la obra, conviene tramitarlo antes de pedir la recepción. Esperar al CRDON suele transformar un ajuste razonable en una observación costosa.

Cuándo corresponde

Normalmente corresponde RMPON cuando el cambio afecta antecedentes aprobados de fondo, por ejemplo:

  • cambios de superficie construida o redistribución relevante de recintos;
  • modificaciones de fachada, volumetría, altura o número de niveles;
  • ajustes que alteran rasantes, distanciamientos, COS, constructibilidad o accesos;
  • cambios que impactan estacionamientos, carga de ocupación o accesibilidad;
  • modificaciones que inciden en el cálculo estructural o en el IMIV.

Diferencia con las variaciones menores

La OGUC distingue las variaciones menores de los cambios sustantivos. Las primeras son detalles constructivos, instalaciones o terminaciones que pueden presentarse junto con la recepción definitiva. Si el cambio altera la configuración del proyecto, la regla prudente es tratarlo como modificación de permiso.

La regla del 5% no es una exención general

El artículo 5.1.18 de la OGUC permite, en ciertos casos, modificar un proyecto usando la normativa con que fue aprobado, siempre que no haya aumento de superficie edificada superior al 5% ni nuevos destinos no admitidos. Eso no significa que toda variación menor al 5% quede exenta de RMPON: solo regula cuándo la modificación puede seguir apoyándose en la normativa anterior.

Documentos requeridos

El artículo 5.1.17 de la OGUC define el expediente base de modificación. En una obra nueva típica, la DOM esperará al menos lo siguiente:

  • Solicitud de modificación — Firmada por propietario y arquitecto, indicando si cambia o no el destino.
  • Lista de documentos — Debe identificar lo que se agrega, reemplaza o elimina respecto del expediente original.
  • Certificado de Informaciones Previas — Cuando la modificación aumenta superficie.
  • Lista de cambios por plano — Firmada por el arquitecto para dejar trazabilidad clara del ajuste.
  • Planos modificados — Con identificación precisa de lo que cambia frente al proyecto aprobado.
  • Cuadro de superficies actualizado — Distinguiendo áreas nuevas, disminuidas o ajustadas.
  • Especificaciones técnicas modificadas — Cuando los cambios alteran partidas o soluciones constructivas.
  • Presupuesto de obras complementarias — Si las hubiere, para sustentar derechos y alcance del ajuste.
  • Copia del permiso original — Documento base que se solicita modificar.
  • Informe favorable de Revisor Independiente — Cuando corresponda por el régimen del proyecto.
  • Antecedentes estructurales actualizados — Más informe del revisor estructural, si la modificación incide en cálculo.
  • Antecedentes IMIV — O certificado de suficiencia, si el proyecto modificado lo requiere.

Base normativa

Norma Qué regula
Art. 119 LGUC Obliga a ejecutar las obras conforme al permiso y remite a la OGUC para tramitar variantes.
Art. 1.4.16 OGUC Indica que las modificaciones se tramitan según el artículo 5.1.17.
Art. 5.1.17 OGUC Lista de antecedentes exigidos para modificar un proyecto de edificación aprobado.
Art. 5.1.18 OGUC Regula cambios cuando la normativa se modifica entre permiso y recepción.
Art. 5.2.8 OGUC Permite resolver variaciones menores junto con la recepción definitiva.
Art. 130 N° 6 LGUC Fija derechos municipales de modificación de proyecto: 0,75% del presupuesto de cambios.

Proceso paso a paso

  1. 1
    Identificar el alcance del cambio.

    Antes de dibujar, define si es una variación menor o una modificación real del proyecto.

  2. 2
    Revisar impacto normativo.

    Recalcula superficies, estacionamientos, rasantes, accesibilidad, carga de ocupación e IMIV si aplica.

  3. 3
    Actualizar planos y memoria.

    El expediente debe mostrar claramente qué se reemplaza y qué permanece vigente.

  4. 4
    Incorporar especialidades.

    Si el ajuste toca estructura o redes, deben actualizarse los antecedentes respectivos.

  5. 5
    Ingresar la solicitud a la DOM.

    La presentación se hace antes de la recepción definitiva y sobre la base del permiso vigente.

  6. 6
    Responder observaciones.

    Si la DOM formula observaciones, debe emitirlas en un solo acto conforme al procedimiento general.

  7. 7
    Ejecutar conforme a la modificación aprobada.

    Una vez aprobada, los nuevos antecedentes reemplazan a los originales.

  8. 8
    Pedir la recepción definitiva.

    El CRDON se solicita sobre la versión final regularizada del proyecto.

Plazos, derechos y costos

Ítem Referencia
Plazo general de revisión DOM 30 días según regla general del art. 1.4.10 OGUC
Observaciones Se formulan en un solo acto mediante Acta de Observaciones
Derechos municipales 0,75% del presupuesto de las modificaciones
Costos técnicos Redibujo, coordinación, cálculo estructural, IMIV y revisiones externas si aplican

En expedientes simples, el mayor costo suele estar en rehacer y recoordinar documentación. En proyectos medianos o complejos, el costo real lo empujan los cambios estructurales, la revisión independiente y el eventual impacto vial.

Errores frecuentes

  • Esperar al final de la obra. Si el cambio ya está decidido, lo correcto es modificar el permiso antes de la recepción.
  • Ingresar solo planos sueltos. El expediente de modificación exige índice, listado de reemplazos y cuadro de superficies actualizado.
  • Confundir el 5% con una dispensa automática. La regla del artículo 5.1.18 no elimina el deber de tramitar la modificación.
  • Olvidar el impacto estructural. Un cambio de fachada o distribución puede mover cargas, ejes o elementos resistentes.
  • No recalcular normas derivadas. Cambiar superficie o destino puede alterar estacionamientos, carga de ocupación o accesibilidad.

Preguntas frecuentes

¿El RMPON reemplaza el CRDON?

No. El RMPON modifica el permiso. El cierre legal de la obra sigue siendo la recepción definitiva.

¿Puedo tramitarlo si la obra ya ejecutó los cambios?

Sí, siempre que todavía no exista recepción definitiva. Pero mientras más tarde se regularice el cambio, más expuesto queda el expediente a observaciones y reprocesos.

¿Mover tabiques interiores siempre exige RMPON?

No siempre. Si son detalles menores y no alteran el proyecto aprobado de forma relevante, pueden tratarse como variaciones menores. Si cambian superficies, accesibilidad, destino o estructura, conviene tramitar RMPON.

¿La modificación puede aumentar superficie?

Sí, pero eso obliga a acreditar nuevamente el cumplimiento normativo y acompañar CIP cuando corresponda.

¿Qué pasa si cambió la normativa desde el permiso original?

La OGUC contempla reglas especiales para modificar proyectos durante la vigencia del permiso. El punto crítico es revisar si el cambio puede seguir apoyándose en la normativa original o si activa exigencias nuevas.

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