Regularización de Edificación Antigua pre-1959 (RAD)
Actualizado: abril 2026 · Tiempo de lectura: ~10 min
Esta es la vía especial para regularizar edificaciones construidas antes del 31 de julio de 1959. A diferencia de la Ley 20.898, aquí el eje no es un tope de metros cuadrados ni una ventana temporal de ingreso, sino la capacidad de demostrar la data histórica del inmueble y acompañarla de informes técnicos que acrediten estabilidad, habitabilidad y seguridad.
Qué cubre esta regularización
El formulario 1-6.4 del MINVU regula la regularización de edificación antigua de cualquier destino, construida antes del 31.07.1959. En un solo certificado, la DOM otorga un cierre equivalente a permiso y recepción definitiva para una construcción histórica que quedó fuera del sistema moderno de permisos o que nunca consolidó su carpeta.
El procedimiento está pensado para situaciones donde la edificación ya existe hace décadas y la discusión central pasa por probar su antigüedad, describir correctamente su estado actual y demostrar que puede mantenerse regularizada desde el punto de vista técnico.
| Característica | Regularización pre-1959 |
|---|---|
| Hecho habilitante | Existencia de la edificación antes del 31 de julio de 1959 |
| Destino | Cualquier destino, no solo vivienda |
| Documento MINVU | Formulario 1-6.4 C.R.E.A. 5.1.4 2B |
| Clave del expediente | Prueba de data + informes técnicos + planos levantados |
| Diferencia frente a Ley 20.898 | No depende de topes de 90/140 m² ni del plazo legal hasta 2027 |
Requisitos y alcance
Requisito central: acreditar la data histórica
La DOM no puede suponer la antigüedad. La carpeta debe demostrar que la construcción ya existía antes del 31 de julio de 1959. Ese es el umbral que abre esta vía especial.
Alcance técnico mínimo
- Arquitecto responsable: el expediente requiere patrocinio profesional y levantamiento técnico de la edificación.
- Informe de habitabilidad y seguridad: el arquitecto debe certificar cómo la edificación cumple las condiciones técnicas exigibles.
- Informe complementario de estabilidad: suscrito por arquitecto o ingeniero civil, según corresponda.
- Servicios e instalaciones: cuando proceda, deben respaldarse dotación sanitaria, electricidad y gas.
- CIP vigente: forma parte de la carpeta base y ayuda a enmarcar la situación urbanística del predio.
Documentos exigidos
El formulario MINVU 1-6.4 permite reconstruir con bastante claridad la carpeta base. En comunas exigentes conviene pedir un checklist local, pero estos antecedentes son el corazón del trámite.
Carpeta base
- Solicitud suscrita por propietario y arquitecto — Inicia formalmente la regularización de la edificación antigua.
- Certificado de Informaciones Previas vigente — Figura expresamente dentro de los antecedentes del formulario y ayuda a situar el predio y su marco urbano actual.
- Croquis de ubicación o de emplazamiento — Según corresponda, a escala, para individualizar correctamente el inmueble.
- Planos a escala 1:50 — Planta general y elevaciones, con cotas mínimas, individualización de recintos y cuadro de superficies.
- Especificaciones técnicas resumidas — Síntesis material y constructiva de la edificación regularizada.
Informes y certificados técnicos
- Informe del arquitecto — Debe explicar habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores.
- Informe complementario de estabilidad — Suscrito por arquitecto o ingeniero civil, según el caso.
- Certificados de dotación de servicios — Sanitarios, electricidad y gas, cuando procedan.
- Patentes profesionales y certificados de inscripción — De los profesionales e intervinientes, cuando corresponda.
Prueba de data histórica
El formulario exige “documentos que demuestren data de la edificación”. Aquí está el cuello de botella real del trámite. Según el caso, la prueba puede apoyarse en:
- Escrituras antiguas o descripciones del inmueble — Especialmente cuando el título de dominio individualiza la construcción.
- Certificados o planos municipales históricos — Útiles para conectar la data de la edificación con registros públicos.
- Fichas de avalúo antiguas o antecedentes catastrales — Incluyendo roles históricos y otras fuentes equivalentes.
- Fotografías, planos o permisos sanitarios fechados — Siempre que permitan individualizar con claridad la construcción.
Antecedentes adicionales si el destino lo exige
En edificios de uso público o programas más complejos, el propio formulario contempla anexos como estudios de evacuación, seguridad, carga combustible, telecomunicaciones o autorizaciones patrimoniales. No todos aplican, pero conviene revisarlos desde el inicio.
Base normativa
| Norma | Relevancia |
|---|---|
| Art. 5.1.4 N°2 letra B OGUC | Base específica de la regularización de edificaciones antiguas construidas antes del 31.07.1959. |
| Formulario MINVU 1-6.4 C.R.E.A. | Formaliza el certificado de regularización y detalla la carpeta de antecedentes. |
| Art. 144 LGUC | Da contexto al otorgamiento del certificado y al rol revisor de la DOM. |
| Instrumento de planificación territorial aplicable | La DOM igualmente debe situar la edificación en el marco urbano y territorial correspondiente. |
Proceso paso a paso
-
1
Confirmar que se trata de una edificación pre-1959
Antes de dibujar o levantar, reunir evidencia histórica suficiente para sostener la data.
-
2
Levantar la edificación existente
El arquitecto prepara croquis, planos, cuadro de superficies y descripción técnica del estado actual.
-
3
Armar los informes técnicos
Habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones deben quedar tratadas por escrito y con respaldo profesional.
-
4
Revisar exigencias complementarias por destino
Uso público, telecomunicaciones, patrimonio o estudios especiales pueden alterar la carga documental.
-
5
Ingresar la solicitud a la DOM
La municipalidad revisa la suficiencia de la prueba de antigüedad y la coherencia técnica del expediente.
-
6
Subsanar observaciones
Lo más común es que la DOM pida reforzar la prueba de data o aclarar superficies, materialidad e instalaciones.
-
7
Obtener el certificado
Si la carpeta queda conforme, la DOM emite el certificado de regularización de la edificación antigua.
Comparación con Ley 20.898
| Pregunta | Pre-1959 | Ley 20.898 |
|---|---|---|
| Hecho base | Edificación anterior al 31.07.1959 | Vivienda construida antes del 04.02.2016 |
| Destino | Cualquier destino | Principalmente vivienda |
| Topes de superficie y avalúo | No son el eje del procedimiento | Sí, son decisivos |
| Fecha de término del régimen | No funciona como ley transitoria equivalente | Ingreso vigente hasta 31.12.2027 |
| Punto crítico de prueba | Data histórica robusta | Fecha de construcción, avalúo y requisitos del tramo |
Errores frecuentes
- Confundir esta regularización con los proyectos de radicación del art. 6.2.9. Son procedimientos distintos y MINVU los separa en formularios diferentes.
- Creer que basta con decir “la casa es muy antigua”. Sin documentos que acrediten la data, la DOM no tiene base suficiente para regularizar.
- Levantar mal superficies y recintos. Muchas observaciones nacen porque la evidencia histórica dice una cosa y los planos actuales muestran otra sin explicación.
- Omitir el informe de estabilidad. El formulario lo pide expresamente y es una de las piezas que más pesan cuando la edificación tiene materialidad antigua o mixta.
- Subestimar el destino del inmueble. Un edificio con uso público o características especiales puede requerir anexos adicionales que no aparecen en casos residenciales simples.
Preguntas frecuentes
¿Esta guía trata del proyecto de radicación del artículo 6.2.9 OGUC?
No. Esta guía se refiere a la regularización de edificación antigua construida antes del 31 de julio de 1959, formalizada por el formulario MINVU 1-6.4 C.R.E.A. Es distinta del proyecto de radicación del inciso segundo del artículo 6.2.9 OGUC.
¿Qué requisito central debe acreditarse?
Que la edificación existía antes del 31.07.1959. Sin una prueba histórica sólida, el expediente se debilita desde su base.
¿Sirve solo para viviendas?
No necesariamente. El formulario MINVU habla de edificaciones antiguas de cualquier destino. De todos modos, el uso influye en los estudios y certificados adicionales.
¿La antigüedad basta por sí sola para obtener la regularización?
No. También deben explicarse habitabilidad, seguridad, estabilidad, instalaciones y la configuración real de la edificación mediante planos y profesionales competentes.
¿Tiene una fecha de término como la Ley 20.898?
No funciona como la Ley 20.898, cuyo ingreso fue extendido hasta el 31.12.2027. Esta vía deriva de la OGUC y no de una ventana legal transitoria equivalente.
¿Se necesita arquitecto y un informe de estabilidad?
Sí. La carpeta exige patrocinio profesional y, además, un informe complementario de estabilidad suscrito por arquitecto o ingeniero civil, según corresponda.